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Divulgación

¿Qué es la RSE?

Se ha señalado con acierto que la Responsabilidad Social de la Empresa ha sido objeto de análisis desde la ética, la sociología, el marketing, la contabilidad, el derecho, etc. Estamos ante un fenómeno polifacético donde todas estas aproximaciones son de interés para desentrañar su complejidad. Sus diversos planos son consustanciales a su naturaleza y por ende a su conceptuación.

Ahora bien, una de las definiciones más acogidos e influyentes de la Responsabilidad Social de la Empresa la encontramos en el Libro Verde de 18 de julio de 2001, titulado “Fomentar un marco europeo para la Responsabilidad Social de la Empresa”. Aquí se definió como “la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones empresariales y en sus relaciones con los grupos de interés”.

En el plano español ha contado con bastante predicamento los trabajos del Foro de Expertos sobre Responsabilidad Social de la Empresa que cristalizo en el documento “Las políticas públicas de fomento y desarrollo de la Responsabilidad Social de la Empresa en España”. Aquí se entendió que “la Responsabilidad Social de la Empresa es, además del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes, la integración voluntaria en su gobierno y gestión, en su estrategia, políticas y procedimientos, de las preocupaciones sociales, laborales, medioambientales y de respeto de los derechos humanos que surgen de la relación y el diálogo transparentes con sus grupos de interés, responsabilizándose así de las consecuencias y de los impactos que se derivan de sus acciones. Una empresa es socialmente responsable cuando responde satisfactoriamente a las expectativas que sobre su funcionamiento tienen los distintos grupos de interés.”

En ambos casos se trata de documentos elaborados hace ya algún tiempo, pero que han ejercido una evidentes influencia en lo que esta siendo la Responsabilidad Social de la Empresa.

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¿Cuáles son los rasgos conformadores de la Responsabilidad Social de la Empresa?

Un análisis de las diferentes definiciones que se vienen ofreciendo sobre la Responsabilidad Social de la Empresa nos permite encontrar 6 elementos que son los más reiterados.

* Voluntariedad: la Responsabilidad Social de la Empresa no es el mero cumplimiento normativo, sino que se trata de compromisos que han de ser asumidos voluntariamente por la empresa.

* Integración: la Responsabilidad Social de la Empresa debe imbricarse en todos los procesos de decisión dentro de la empresa de tal manera que impregne su funcionamiento sin que pueda limitarse a la publicación del Estado de Información No Financiera

* Consistencia: la Responsabilidad Social de la Empresa no puede consistir en iniciativas aisladas sino en políticas adoptadas por la empresa que se prolongan en el tiempo.

* Transparencia y rendición de cuentas: se debe informar con rigor a los grupos de interés sobre la implicación de la empresa en las diferentes áreas de inserción obligatoria en los Estado de Información No Financiera, así como ofrecer indicadores que permitan determinar con precisión el grado de desempeño y, finalmente, ser verificados para dotar de certeza a los mismos. Este rasgo cuenta en la actualidad con un mayor desarrollo normativo dada su significación dentro de la consolidación de la Responsabilidad Social de la Empresa.

* Diálogo: la Responsabilidad Social de la Empresa debe entenderse como la obtención de una licencia social para operar en el mercado, lo que proporciona a la empresa la categoría de actor social que está obligada permanentemente a legitimarse. Por ello, la empresa debe estar dispuesta a mantener una comunicación fluida con los grupos de interés.

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¿Qué son los grupos de interés?

Por grupo de interés entendemos aquellos hacia los que la empresa tiene cualquier obligación moral por lo que debe entablar un diálogo con ellos.

Sin pretender ser exhaustivo los más frecuentes son: clientes; proveedores; personal de la empresa y sus familias; socios; Administraciones públicas; sociedad civil, en especial sus organizaciones vertebradoras; comunidades locales donde la entidad desarrolla su actividad; y competidores.

Junto a estos grupos de interés es necesario señalar la importancia creciente de las cuestiones medioambientales que trascienden a su inclusión como grupo de interés

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¿Qué es un Estado de Información No Financiera?

Las memorias de sostenibilidad han evolucionado hacia un régimen plenamente regulado del deber de transparencia que se concreta en la obligatoriedad para algunas empresas de publicar todos los años un Estado de Información No Financiera.

El estado de información no financiera, según prescribe el art. 49 del Código de comercio, incluirá la información necesaria para comprender la evolución, los resultados y la situación del grupo –o de la sociedad individual cuando el informe se centre en un sola sociedad-, y el impacto de su actividad respecto, al menos, a cuestiones medioambientales y sociales, al respeto de los Derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno, así como relativas al personal, incluidas las medidas que, en su caso, se hayan adoptado para favorecer el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, la no discriminación e inclusión de las personas con discapacidad y la accesibilidad universal.

Mandato del legislador en el citado precepto que seguidamente concreta en una doble dimensión: por un lado, es necesario que el Estado de Información No Financiera contemple los puntos clave en la concreta configuración de la Responsabilidad Social de las Empresas, pues solo así se puede apreciar el alcance de los compromisos y sus resultados; por otro lado, se establece un contenido material mínimo.

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¿Qué es una Inversión Socialmente Responsable?

La inversión socialmente responsable (ISR), también conocida como inversión ética, puede definirse como aquella que tiene en cuenta otros factores además de los meramente económicos. En este sentido, las sociedades de gestión de fondos de inversión o los particulares que invierten de manera socialmente responsable, junto a la rentabilidad económica, toman en consideración las políticas y prácticas sociales y medioambientales de las empresas potencialmente beneficiarias de estos capitales. O dicho con otras palabras, la inversión ha de incluir en la toma de decisión el análisis de los conocidos como criterios ASG (Ambientales, Sociales y de Gobernanza).

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