Se ha señalado con acierto que la Responsabilidad Social de la Empresa ha sido objeto de análisis desde la ética, la sociología, el marketing, la contabilidad, el derecho, etc. Estamos ante un fenómeno polifacético donde todas estas aproximaciones son de interés para desentrañar su complejidad. Sus diversos planos son consustanciales a su naturaleza y por ende a su conceptuación.
Ahora bien, una de las definiciones más acogidos e influyentes de la Responsabilidad Social de la Empresa la encontramos en el Libro Verde de 18 de julio de 2001, titulado “Fomentar un marco europeo para la Responsabilidad Social de la Empresa”. Aquí se definió como “la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones empresariales y en sus relaciones con los grupos de interés”.
En el plano español ha contado con bastante predicamento los trabajos del Foro de Expertos sobre Responsabilidad Social de la Empresa que cristalizo en el documento “Las políticas públicas de fomento y desarrollo de la Responsabilidad Social de la Empresa en España”. Aquí se entendió que “la Responsabilidad Social de la Empresa es, además del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes, la integración voluntaria en su gobierno y gestión, en su estrategia, políticas y procedimientos, de las preocupaciones sociales, laborales, medioambientales y de respeto de los derechos humanos que surgen de la relación y el diálogo transparentes con sus grupos de interés, responsabilizándose así de las consecuencias y de los impactos que se derivan de sus acciones. Una empresa es socialmente responsable cuando responde satisfactoriamente a las expectativas que sobre su funcionamiento tienen los distintos grupos de interés.”
En ambos casos se trata de documentos elaborados hace ya algún tiempo, pero que han ejercido una evidentes influencia en lo que esta siendo la Responsabilidad Social de la Empresa.